Comisión de Guardianes del río Atrato
La Comisión de Guardianes del río Atrato se conforma mediante resolución 0907 de 2018, como un espacio de diálogo, articulación y coordinación para el cumplimiento de las órdenes de la sentencia T 622 de 2016 que reconoce el río Atrato como sujeto de derechos. Sus principales funciones son vigilar el cumplimiento de las órdenes de la sentencia, proponer mecanismo de articulación y coordinar acciones, liderar procesos de pedagogía, socialización y sensibilización sobre la problemática objeto de la Sentencia.
La Comisión de Guardianes del río Atrato, está conformada por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en calidad de representante legal de los derechos del río y el Cuerpo Colegiado de Guardianes compuesto por 14 representantes de las comunidades asentadas en la cuenca del río Atrato.
El Cuerpo Colegiado de Guardianes nace como una instancia de participación y articulación en representación de las organizaciones accionantes de la sentencia quienes atendiendo el fallo consideraron que esa representación no podía estar en cabeza de una única persona natural y es así como mediante un espacio abierto denominado “Primer encuentro Interinstitucional y comunitario de Guardianes del Atrato” realizado el 31 de agosto de 2017 en la ciudad de Quibdó se conformó El Cuerpo Colegiado de Guardianes con la representación de un hombre y una mujer de las siguientes organizaciones:
- Asociación de Consejos Comunitarios y Organizaciones del bajo Atrato – ASCOBA,
- Foro Interétnico Solidaridad Chocó – FISCH,
- Consejo Comunitario mayor de la Asociación Campesina Integral del Atrato – COCOMACIA,
- Consejo Comunitario mayor de la Organización Popular Campesina del Alto Atrato – COCOMOPOCA,
- Mesa Indígena del Chocó,
- Consejos Comunitarios de Río Quito
- Mesa Social y Ambiental del Carmen de Atrato.
Función de los Guardianes del río Atrato
La función como guardianes comunitarios es velar porque se respeten los derechos que le han sido reconocidos al río y porque se implemente en debida forma la sentencia T-622. Para ello:
- Sirven de puente de articulación entre las entidades públicas responsables del cumplimiento del fallo y las comunidades ribereñas del Atrato, en representación de nuestras autoridades étnicas y organizaciones sociales.
- Buscan que la sentencia y los mensajes de protección del río sean apropiados por todos los habitantes de la cuenca, y la comunidad en general. Por esto emprendemos procesos de pedagogía, sensibilización y difusión de la Sentencia.
- Realizan incidencia ante tomadores de decisiones y otros actores de interés para impulsar la debida implementación del fallo.